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Atribuir la propiedad y la gestión a los seres creados

Pregunta: 48980

¿Es correcto atribuir la propiedad y la gestión a los seres creados, siendo que estos son actos propios de la Rububíah que deben ser atribuidos únicamente a Al-lah, Altísimo?

Resumen de la respuesta

No hay inconveniente en atribuir la propiedad y la gestión a los seres creados, pero esta propiedad y esta gestión son limitadas, y no constituyen la propiedad y la gestión absolutas y generales sobre todas las cosas, que solo pertenecen a Al-lah, Altísimo.

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Texto de la respuesta

La obligación de atribuir la propiedad exclusivamente a Al-lah, Altísimo

El siervo debe creer en la exclusividad de Al-lah en cuanto a la propiedad; que nadie posee la creación excepto su Creador, tal como Al-lah dijo (lo que se interpreta así en español): {A Al-lah pertenece el reino de los cielos y de la Tierra} [Corán 3:189].

Y también dijo (lo que se interpreta así en español): {Si lo saben, ¿Quién tiene en Sus manos el dominio de todas las cosas…?} [Corán 23:88].

En cuanto a lo que ha llegado en el Corán sobre atribuir la propiedad a otros fuera de Al-lah, como dice en el Corán (lo que se interpreta así en español): {… y solo cohabitan con sus esposas o con lo que posee su diestra, porque eso no es censurable} [Corán 23:6]; {… o de aquellas [casas] que están a su cargo} [ 24:61].

Entonces, esta forma de propiedad es distinta de la propiedad de Al-lah, Altísimo, en varios aspectos, entre ellos:

  1. La propiedad del ser creado es limitada, no abarca sino una mínima parte de lo creado. El ser humano solo posee lo que está bajo su control, y no posee lo que está bajo el control de otros.
  2. Asimismo, es una propiedad restringida en su naturaleza, pues el ser humano no tiene una propiedad plena sobre lo que posee; por ello, no puede disponer de ello salvo conforme a lo que se le ha permitido legalmente. Por ejemplo, si desea quemar su dinero o torturar a un animal que posee, no le está permitido hacerlo. En cambio, Al-lah, Glorificado sea, posee todas las cosas con una propiedad general y absoluta.

La obligación de atribuir la gestión a Al-lah exclusivamente

En cuanto a la exclusividad de Al-lah en la gestión (tadbír), esta consiste en que la persona crea que no hay gestor excepto Al-lah únicamente, como Él dijo (lo que se interpreta así en español): {Pregúntales: "¿Quién los sustenta con las gracias del cielo y de la Tierra? ¿Quién los agració con el oído y la vista? ¿Quién hace surgir lo vivo de lo muerto y lo muerto de lo vivo? ¿Quién tiene bajo Su poder todas las cosas?". Responderán: "¡Al-lah!". Diles: "¿Acaso no van a tener temor de Él [y abandonar la idolatría]?". Ese es Al-lah, su verdadero Señor. ¿Qué hay más allá de la Verdad sino el extravío? ¿Cómo pueden ser tan desviados?} [Corán 10:31-32].

Y en cuanto a la gestión del ser humano, está restringida a lo que está bajo su control, y está limitada a lo que le ha sido permitido legalmente.

Con base en esto, no hay problema en atribuir la propiedad y la gestión al ser humano, pero esta propiedad y esta gestión son limitadas, y no constituyen la propiedad y la gestión absolutas y generales sobre todas las cosas, que solo posee Al-lah, Altísimo.

Para más beneficio, consulte las respuesta a las pregunta 13379 .

Y Al-lah sabe más.

Fuente: Al Qawl Al Mufíd, 1/13.

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