La mujer puede aprender los asuntos de su religión y todo lo que le sea útil en su vida, y que la prepare para ser una esposa feliz y una madre educadora. Luego, si encuentra en sí misma la capacidad, y las circunstancias se lo permiten, puede estudiar otras ciencias. No hay inconveniente en que elija para sí misma la profesión de la enseñanza, ya sea en escuelas femeninas o desde su casa. También le está permitido a la mujer estudiar medicina y enfermería, especialmente en el área de ginecología, para que así sea médica o enfermera de mujeres, y no se vean ellas en la necesidad de acudir a médicos hombres.
Asimismo, se permite que la mujer sea representante legal de otra persona en un caso determinado, por lo tanto, puede ser abogada, ya que la abogacía es una forma de representación en pleitos, y eso está permitido para la mujer.
Sin embargo, la profesión de la abogacía en la actualidad ha tomado un camino inadecuado, y además el abogado necesita mezclarse con los oponentes, asistir a las audiencias judiciales y similares, cosas de las que la mujer debe mantenerse alejada. Por ello, no es apropiado que adopte la profesión de la abogacía mientras continúe en esa forma.
Y Al-lah sabe más.