En primer lugar:
Las tarjetas de crédito que están en circulación son de diferentes tipos:
1.Tarjetas de crédito no cubiertas. No está permitido usarlas a menos que estén libres de cualquier objeción de la Shari’ah, como estipular una penalización por pago tardío, o imponer cargos que sean mayores que los costos reales del retiro o la renovación.
2.Tarjetas de crédito cubiertas, que no implican ningún préstamo, y no hay nada de malo en usarlas, incluso si provienen de un banco basado en riba, pero no está permitido depositar dinero en un banco basado en riba excepto cuando no haya un banco islámico disponible.
3.Tarjetas de recibo inmediato, que se usan para recibir un salario o para comprar artículos. Estas tarjetas no implican ningún crédito, que es un préstamo, y no hay nada de malo en usarlas. No hay culpa sobre quien se ve obligado a recibir su salario de un banco basado en riba, y puede usar la tarjeta para eso.
En segundo lugar:
No está permitido ayudar con tipos prohibidos de tarjetas de crédito transportándolas, entregándolas y cosas semejantes, porque está prohibido ayudar a otros en la riba y en otros pecados. Al-lah, Exaltado sea, dice: {… cooperen con ellos a obrar el bien e impedir el mal, pero no cooperen en el pecado y la enemistad. Y tengan temor de Al-lah; Al-lah es severo en el castigo…} [Corán 5:2].
Con base en esto, se debe decidir acerca del trabajo mencionado. Si el trabajo implica contactar a los clientes para organizar la entrega de tarjetas de crédito prohibidas, no está permitido; pero si se limita solo a tarjetas de crédito permisibles, entonces no hay nada de malo en ello en ese caso.
Si el empleado no sabe cuál es la situación, y no sabe si las tarjetas de crédito por las que está contactando a los clientes son del tipo prohibido o permisible, entonces no tiene que investigar eso, y no hay culpa sobre él por entregarlas a los titulares de las tarjetas o por contactarlos para organizar la entrega.
En tercer lugar:
No está permitido depositar dinero en un banco basado en riba aunque no tomes el interés, a menos que necesites proteger tu dinero y no haya un banco islámico; en ese caso, está permitido depositar dinero en él, pero debe limitarse a una cuenta corriente.
Con base en eso, no te está permitido poner tu dinero en una cuenta de ahorros o en una cuenta de inversión en un banco basado en riba en absoluto.
Si habías puesto dinero en una cuenta que genera intereses antes de eso, no dejes el interés en el banco como mencionaste en tu pregunta, porque quedará guardado a tu nombre. Más bien, debes tomarlo y donarlo en caridad a los pobres y necesitados y cosas semejantes, y no vuelvas a poner tu dinero en un banco basado en riba después de eso.
Y Al-lah sabe más.