Compra los productos cuando están disponibles y los vende cuando suben de precio, ¿es esto acaparamiento?

Pregunta: 130313

Hay personas entre nosotros que acaparan productos de consumo durante los tiempos de abundancia, especialmente, y luego los almacenan hasta que los precios se elevan y se encarecen, y entonces los venden al precio que desean. ¿Qué recomienda el Islam a tales personas? ¿Y cuál es la posición de la Shari’ah respecto a este tipo de ganancia?

Texto de la respuesta

Alabado sea Al-lah, y que la paz y las bendiciones sean con el Mensajero de Al-lah.

El muhtakir (acaparador) es aquel que compra los productos en tiempos de dificultad para la gente. Y se ha transmitido en los ahádíz que esto es objeto de maldición y advertencia severa. El Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) dijo: “No acapara sino el pecador”.

Y dijo: “Quien acapara, es un pecador”, es decir, es alguien que comete un pecado.

Dijeron los eruditos: “Se trata de quienes compran productos alimenticios —y similares— que la gente necesita en tiempos de escasez, y los almacenan para que aumenten de precio y luego los vendan a un precio mayor. Esto no es permitido, es un acto reprobable y su autor incurre en pecado. Y el walí al amr (autoridad) —si en el país hay una autoridad que aplica los preceptos de la Shari’ah— debe impedirle hacerlo, y obligarlo a vender los productos al precio común, es decir, al precio actual que hay en los mercados, y no debe permitirle mantenerlo almacenado. Eso es en caso de tiempos de necesidad.

En cambio, quien compra alimentos u otros productos que la gente necesita durante un tiempo de abundancia, cuando hay abundancia en los mercados y no hay perjuicio para nadie, y luego, cuando los productos comienzan a moverse, los vende junto con los demás comerciantes —sin esperar a un momento de necesidad extrema—, sino que los vende apenas hay ganancia, entonces no hay ningún inconveniente en ello.

Y esto es lo que han hecho los comerciantes desde los tiempos antiguos hasta hoy”.

(Su Eminencia, el Sheij ‘Abdul ‘Azíz Ibn Baz, que Al-lah lo tenga en Su misericordia, Fatáwa Nur ‘ala Dd-Darb, 3/1442)

Y Al-lah sabe más.

Referencia

Fuente

Fatáwa an-Nur ‘ala ad-Dárb

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