El viaje en el que está legislado beneficiarse de las concesiones del viajero es aquel que se considera viaje según la costumbre, y cuya distancia, de manera aproximada, es de ochenta kilómetros. Quien viaje —solo de ida— esa distancia o más, puede acogerse a las concesiones del viajero, como pasar sobre los juffain durante tres días con sus noches, juntar y acortar las oraciones, y romper el ayuno en Ramadán.
Y este viajero, si llega al lugar de destino y tiene la intención de quedarse más de cuatro días, entonces no puede beneficiarse de las concesiones del viaje. Pero si pretende quedarse cuatro días o menos, entonces sí puede acogerse a ellas.
Y el viajero que se quede en una ciudad, pero no sabe cuándo terminará su necesidad y no ha fijado un tiempo determinado de permanencia, puede acogerse a las concesiones del viaje aunque se prolongue su estancia.
En resumen: se requiere que la distancia de ida no sea menor a 80 kilómetros para que se permita acortar la oración. Y si su estadía supera los cuatro días, entonces debe realizar las oraciones completas.
En cuanto a juntar dos oraciones —Dhuhur y ‘Aser, o Maghrib e ‘Isha—, está permitido para el viajero, y también está permitido para quien reside si le resulta difícil rezar cada oración en su tiempo debido a una enfermedad o un trabajo importante que no puede ser postergado, como un estudiante en un examen o un médico en una operación quirúrgica, y casos similares.
Para mayor beneficio, revise la respuesta de la pregunta número 97844 y 147381.
Y Al-lah sabe más.