Alabado sea Allah.
Con respecto a las madres que amamantan – y también mujeres embarazadas- se
pueden aplicar dos escenarios:
1-
Si la mujer no es afectada por el ayuno, y no es demasiado difícil para
ella, y no teme por su hijo, entonces, está obligada a ayunar, y no está
permitido que no ayune.
2-
Si la mujer teme por su vida o la de su hijo por causa del ayuno, o para
ella es muy difícil ayunar, tiene permitido no ayunar, pero debe recuperar
los días que no ayuna.
En
esta situación es mejor que no ayune, y para ella ayunar es makruh. Algunos
de los expertos expresaron que si ella teme por su hijo, es obligatorio que
no ayune, siendo haram que ayune.
Al-Mirdaawi dijo en al-Insaaf (7/382):
Es
makruh que ella ayune en este caso…Ibn ‘Aqil dijo: Si una mujer embarazada o
una madre que amamanta teme por su embarazo o su hijo, entonces en este caso
no está permitido que ayune, pero si no teme por su hijo entonces no está
permitido que no ayune.
Al
Sheij Ibn ‘Uzaymin (que Allah tenga piedad de él) se le preguntó lo
siguiente en Fataawa al-Siyaam (p. 161):
Si
una mujer embarazada o una madre que amamanta no ayuna sin una excusa, y es
fuerte y goza de buena salud, y no se ve afectada por el ayuno, ¿cuáles son
las reglas en este caso?
Respondió:
No
está permitido que una mujer embarazada o una madre que amamanta no ayune
durante el día en Ramadán salvo que tenga una justificación. Si no ayuna
porque tienen una excusa, deben recuperar los ayunos perdidos, porque con
respecto al que está enfermo, Allah dice (interpretación del significado):
“Quien
de vosotros presencie la aparición de la luna [correspondiente al comienzo
del noveno mes] deberá ayunar; y quien estuviere enfermo o de viaje [y no
ayunase] deberá reponer posteriormente los días no ayunados y así completar
el mes”
[al-Baqarah 2:185]
Las mujeres embarazadas y las madres que amamantan se clasifican como los
enfermos. Si su excusa es que temen por su hijo, entonces así como recuperan
los ayunos no realizados, según algunos expertos también deben alimentar a
una persona enferma por cada día perdido, entregándoles trigo, arroz,
dátiles o algún otro alimento básico. Algunos de los expertos dicen que
todas ellas deben recuperar los ayunos perdidos, sin importar la situación,
porque no existe evidencia en el Corán o la Sunnah que indique que hay que
entregar alimentos en este caso, y el principio básico dice que no existe la
obligación salvo que exista prueba para ello. Ésta es la opinión de Abu
Hanifah (que Allah tenga piedad de él) y es una opinión sólida.
Al
Sheij Ibn ‘Uzaymin (que Allah tenga piedad de él) también se le preguntó en
Fataawa al-Siyaam (p. 162) sobre una mujer embarazada que teme por
ella o su hijo, y no ayuna, ¿cuáles son las reglas?
Respondió diciendo:
Nuestra respuesta es que una de estas dos situaciones se aplica en el caso
de una mujer embarazada.
La
primera ocurre si es una mujer sana y fuerte, y no tiene dificultades para
ayunar, y esto no afecta a su feto. En este caso, la mujer está obligada a
ayunar, porque no tiene excusa para no hacerlo.
La
segunda ocurre cuando la mujer embarazada no puede ayunar, ya sea porque el
embarazo es avanzado o porque se encuentra físicamente débil, o por alguna
otra razón. En este caso ella no debe ayunar, especialmente si esto puede
perjudicar a su feto, no ayunar será obligatorio. Si no ayuna, así como lo
hacen los que no ayunan debido a una razón válida, ella debe recuperar los
días cuando su justificación acabe. Al dar a luz, ella debe recuperar los
ayunos después de encontrarse pura del puerperio. Sin embargo, a veces la
justificación del embarazo puede terminar pero es seguida inmediatamente por
el amamantamiento. La madre que amamanta puede necesitar alimentos y bebida,
especialmente durante los largos días de verano cuando hace mucho calor. Por
eso puede necesitar no ayunar para nutrir a su hijo con su leche. En este
caso nosotros le decimos: No ayune, y cuando termine esta justificación,
usted puede recuperar los ayunos que no realizó.
El
Sheij Ibn Baaz dijo en Maymu’ al-Fataawa (15/224):
Con respecto a las mujeres embarazadas y a las madres que amamantan, está
comprobado en el hadiz de Anas ibn Maalik al-Ka’bi, narrado por Ahmad y los
autores de al-Sunan con un sahih isnad, que el Profeta (la paz y las
bendiciones de Allah desciendan sobre él) les otorgó una concesión que les
permite no ayunar, y las considera como a los viajeros. De aquí se sabe que
pueden no ayunar pero deben recuperar los ayunos más adelante, como lo hacen
los viajero.
Los expertos expresaron que ellas tienen permitido no ayunar si el ayuno se
les hace muy difícil, como en el caso de los enfermos, o si temen por la
vida de sus hijos.
Y
Allah sabe mejor.
En
Fataawa al-Laynah al-Daa’imah (10/226) se expresa:
La
mujer embarazada está obligada a ayunar durante el embarazo, salvo que tema
que el ayuno la afecte o afecte a su feto, en éste caso tiene permitido no
ayunar, y debe recuperar los ayunos después de dar a luz y purificarse del
puerperio.