Alabado sea Dios
Es bien sabido que las normas legales descendieron en etapas,
prestando atención a las circunstancias de la gente en el tiempo de la
revelación. Entonces, algo puede haber sido recomendable al comienzo, luego
convertirse en obligatorio, o puede haber estado permitido y luego haber
sido prohibido, o viceversa.
Lo que importa en esto es la última orden.
En la obra Sahih al-Bujari (989) se narró que Shiháb az-Zuhri
dijo: “Lo que debe adoptarse es el último ejemplo del Profeta Muhámmad (que
la paz y las bendiciones de Allah sean con él)”.
Y Muslim (1113) lo narró de él como sigue: “Los compañeros
del Mensajero de Dios (que Dios esté complacido con todos ellos) solían
seguir las últimas instrucciones que él había dado”.
De acuerdo a otra versión: “Ellos solían seguir la última
orden, considerando como abrogadas las anteriores, y siendo la última la que
debía seguirse”.
Esto que fue afirmado por az-Zuhri es lo que siguieron la
mayoría de los eruditos: por lo tanto, el texto posterior es el que debe
seguirse, pues las normas legales llegaron unas después de las otras, y
muchos deberes obligatorios fueron implementados o cambiados por etapas.
Pero este principio sólo debe ser aplicado cuando es difícil
reconciliar entre dos textos legales en cualquier forma posible. Si es
posible reconciliar ambos textos, entonces reconciliarlos debe tener
precedencia sobre cualquier otra interpretación (que sería adoptar un texto
y rechazar el otro).
Uno de los principios generales bien establecidos entre los
eruditos es que reconciliar entre dos textos toma precedencia sobre tomar un
texto y rechazar el otro (luego de un examen cuidadoso sobre la autenticidad
de ambos). En otras palabras, considerar y adoptar los dos textos o reportes
es mejor que tomar uno y rechazar el otro.
Entonces adoptar todos los textos debe tener precedencia
sobre seguir alguno y rechazar otros.
Al-Háfiz Ibn Háyar dijo: “Reconciliar es preferible a adoptar
uno y rechazar el otro (luego de examinar la autenticidad de ambos), de
acuerdo al consenso de los eruditos de las bases de la jurisprudencia”. Fin
de la cita de Fáth al-Bari, por Ibn Ráyab, 5/474.
Si no es posible reconciliar entre ambos textos legales en
ninguna forma aceptable, entonces el texto posterior es el que debe
seguirse, y se considera que abroga al anterior.
Si no se sabe cuál de los textos es anterior al otro y cuál
el posterior, entonces los eruditos deben decidir cuál tiene mayor
credibilidad, y hay muchas formas de determinar eso, algo que los eruditos
han discutido en detalle en los libros de principios de la recopilación de
reportes. Para más información, por favor vea Al-Báhr al-Muhit, por
Az-Zarkashi, 4/442, e Rizad al-Fuhul, por Ash-Shawkani, 2/264.
An-Nawawi dijo: “Si hay dos reportes y uno parece contradecir
al otro, entonces no hay otra opción sino reconciliar entre ambos, o
determinar cuál tiene mayor credibilidad. Esto deben establecerlo los
eruditos que tienen conocimiento tanto de la jurisprudencia como de la
ciencia de los reportes y sus principios, quienes tengan un gran
conocimiento en el campo, quienes tengan la capacidad de detectar sutilezas
de significado y estén bien versados en ello. Cualquier erudito de ese
calibre no tendrá dificultad en determinarlo, salvo casos excepcionales.
Los reportes que parecen contradecirse son de dos tipos:
1 – Aquellos que pueden ser reconciliados, en cuyo caso esto
es lo que debe hacerse, y deben seguirse ambos y actuar en base a ambos.
Cuando sea que podamos encontrar una interpretación mejor de un texto,
entonces debemos adoptarla, y no decidir que uno abroga al otro cuando es
posible reconciliar entre ambos textos, porque cuando un texto es abrogado,
esto significa que uno de los dos reportes está siendo descartado, y ya no
será tenido en cuenta.
2 – Aquellos que se contradicen el uno al otro en tal forma
que no es posible por ningún medio reconciliarlos. Si sabemos que uno de los
dos abroga al otro, entonces debemos darle precedencia. De otra forma,
debemos esforzarnos duro para determinar cuál de los dos es más creíble,
examinando el número y credibilidad de los narradores, y mediante otros
medios, de las cuales hay cerca de cincuenta formas que fueron compiladas y
enumeradas por al-Háfiz Abu Bakr al-Házimi al principio de su libro An-Násij
wa al-Mansuj”.
Fin de la cita de Shárh an-Nawawi ‘ala Muslim, 1/35.
En resumen:
Si los dos textos se contradicen el uno al otro, lo primero
que debemos hacer es intentar reconciliarlos de una forma aceptable. Si eso
no es posible, entonces debemos seguir al más reciente. Si no se sabe cuál
es anterior y cuál es el posterior, entonces debemos examinarlos para
descubrir qué reporte es más creíble, y adoptarlo.
Es esencial notar que la metodología de los juristas para
reconciliar dos textos puede diferir en su aplicación de un jurista a otro.
Algunos de ellos pueden encontrar una forma de reconciliar ambos textos,
mientras otros piensan que reconciliar ambos textos es difícil o imposible,
entonces ellos pueden decidir que uno abroga al otro, o pueden examinarlos
para determinar cuál es más creíble y llegar a una conclusión diferente”.
Y Allah sabe más.